Protecciones contractuales claves durante el COVID-19

Trabajadores Unionados

Los salarios, beneficios y protecciones que disfrutan los trabajadores representados por nuestra Unión están establecidos por su contrato con la Unión. Durante más de 80 años, nuestra Unión ha luchado militantemente por ganar y asegurar numerosos beneficios que incluyen sueldos altos, seguro médico familiar gratuito, una pensión bien financiada, y las mejores protecciones y derechos para los trabajadores de hoteles que existen en el mundo.

Durante la crisis actual ocasionada por el coronavirus, hay ciertas protecciones contractuales relacionadas con las cesantías, los derechos de recontratación y antigüedad, y salud y seguridad que se han hecho cada vez más importantes. Para revisar los puntos destacados de estas cláusulas de los contratos, debe seleccionar el contrato maestro que cubra a su hotel/casino/restaurante:

Si no está seguro de cuál acuerdo maestro aplica en su caso, puede llamar al (212) 245-8100 y oprimir la opción #1.

Trabajadores sin Unión

1 P: ¿Qué derechos tengo para negociar sobre salarios, beneficios y mis condiciones de trabajo?

R: Si usted no tiene representación de la Unión, la ley le otorga a su patrono el derecho a negarse a negociar con usted sobre los términos de su empleo, lo que significa que los trabajadores sin Unión casi nunca se atreven a intentar negociar con sus jefes. Ellos simplemente aceptan el hecho de que el patrono es el que toma todas las decisiones sobre sus vidas en el trabajo. De manera que, en términos prácticos, para los trabajadores sin Unión, nada es negociable.

Un ejemplo actual y crucial es que, durante la crisis del COVID-19, usted no tiene el derecho legal a negociar sobre el equipo adecuado de protección personal (PPE), una carga de trabajo y ambiente seguros, ni seguro médico de buena calidad y a costo asequible. Usted depende de la generosidad y benevolencia de la compañía que lo emplea.

Como miembros de la Unión, la ley nos provee el derecho de negociar como un grupo con nuestros jefes sobre prácticamente cualquier cosa que nos afecte en el trabajo. Para nosotros, todo es negociable, y ese es un derecho muy importante a tener como trabajadores. La ley les concede a los trabajadores representados por la Unión más derechos legales que a los trabajadores sin Unión y, de ahí, usando nuestro poder como organización, multiplicamos y expandimos nuestros derechos legales aún más al negociar con los patronos los contratos con la Unión. Nuestros contratos con la Unión son acuerdos escritos legalmente vinculantes entre la Unión y el patrono que son ejecutables bajo la ley. Estos les conceden a los trabajadores representados por la Unión el derecho a sueldos más altos, condiciones y cargas de trabajo más seguras y más humanas, beneficios mucho mejores, protecciones contra el trato injusto, seguridad de trabajo y un proceso continuo y práctico para hacer cumplir los derechos de forma efectiva y mejorar nuestras condiciones en el trabajo.

HTC también ha construido poder político a nivel estatal y local movilizándose para elegir candidatos que apoyen a los trabajadores y, por ende, eliminando a los funcionarios electos que no los apoyan. Ejercemos éste poder para lograr la aprobación de leyes que protejan nuestros empleos y que ayuden a los trabajadores en nuestras comunidades. Recientemente hemos apoyado legislación que puede ayudar a todos los trabajadores de hoteles, incluyendo a los trabajadores sin Unión como usted, a tener condiciones de trabajo más seguras durante esta crisis de salud pública.

Sin embargo, sin duda alguna, lo mejor que usted puede hacer es conseguir el poder para negociar directamente con su jefe. La Unión organiza todos los años a muchos hoteles y casinos que no tienen Unión. Juntos, con nuestra ayuda, usted puede hacer que la Unión también entre a su propiedad.

2 P: ¿Pero no puedo negociar directamente con mi jefe sin tener a la Unión?

R: ¿De verdad quiere hacerlo? Pregúntese a sí mismo por qué no toca a la puerta de su jefe y le dice, “yo quiero seguro médico familiar gratuito”, o “ese aumento que nos está dando no es suficiente”, o “yo quiero una copia de mi expediente personal”, o “creo que no está bien que suspendiera a mi compañera de trabajo María y quiero saber por qué lo hizo”. La realidad es que los trabajadores sin Unión entienden que hacer algo así es peligroso. Ellos raramente si quiera considerarían expresarle con delicadeza a su jefe esas clases de objeciones, y mucho menos hacerlo con firmeza.

Algunos trabajadores sin Unión se dicen a sí mismos que no necesitan un contrato de Unión. Ellos se dicen que la ley los protege más de lo que realmente lo hace. Ellos se dicen a sí mismos cosas tales como “yo me puedo defender” y “¡Yo conozco mis derechos!” Pero ellos realmente no creen eso.

Ellos saben que la realidad es que los trabajadores sin Unión tienen muy pocos derechos. En el Estado de Nueva York y en Nueva Jersey, la ley dice que, si uno no tiene un contrato con su patrono, su jefe lo puede despedir por casi cualquier motivo o incluso sin motivo alguno. Eso se llama “empleo a voluntad”.

Si su hotel no tiene representación de la Unión, usted no tiene un contrato con la Unión, así es que es un trabajador “a voluntad”. Eso significa que usted no tiene seguridad laboral y que su jefe tiene el derecho legal de hacerle cambios ilimitados a sus condiciones de empleo, incluyendo cosas tales como aumentar su carga de trabajo, reducir su paga, y eliminar muchos de sus beneficios. Su jefe también tiene el poder absoluto de tomar decisiones injustas que los afectan a usted y a sus compañeros de trabajo, y es difícil que incluso los buenos jefes no abusen del poder absoluto.

Los contratos de Unión hacen que sea ilegal que la gerencia despida o discipline injustamente a los trabajadores. Estos también establecen un sistema justo para solucionar los problemas entre el jefe y los trabajadores, algo que el jefe no controla. Éste se llama sistema de resolución de querellas y arbitraje. Así es como funciona:

  1. La gerencia tiene que probar que el trabajador era merecedor del despido o de la medida disciplinaria.
  2. Las reglas y los procedimientos se garantizan legalmente en un contrato y la gerencia no puede cambiarlos.
  3. Los trabajadores tienen el derecho de que sus casos sean presentados por representantes y abogados con experiencia. 
  4. La gerencia tiene que permitirle a la Unión tener acceso a todos los testigos y evidencia relevantes.
  5. Las decisiones las toma un árbitro imparcial, que no está controlado por la gerencia.
  6. La Unión puede arbitrar toda clase de caso incluyendo despidos, suspensiones, advertencias disciplinarias por escrito, reclamos de paga retroactiva, casos de descripción de tareas de empleo, asuntos de salud y seguridad, etc. y la gerencia no puede negarse al arbitraje de ningún caso.
  7. La gerencia tiene la obligación legal de acatar la decisión del árbitro.

3 P: ¿Qué sucede con las políticas en mi manual para trabajadores? ¿Eso no son derechos que yo tengo en el trabajo?

R: La mayoría de los hoteles sin Unión les dan a sus trabajadores un “Manual para trabajadores”. ¿Lo ha leído detenidamente? El “Manual para trabajadores” realmente debería llamarse el “Manual del patrono” puesto que para estos es que es el manual. Está escrito mayormente por los abogados del patrono para proteger al patrono contra usted. Casi siempre, este incluye una “cláusula de escape para la gerencia” que explica que el manual para trabajadores no es un contrato entre el patrono y el trabajador y que la gerencia tiene el derecho a cambiar o pasar por alto cualquier cosa en el manual, siempre que quiera hacerlo.

Esa “cláusula de escape para la gerencia” significa que usted debe entender que todas las promesas que la gerencia haga en su manual para trabajadores son solo promesas y que una parte siempre es la que decide si cumplir o no sus promesas. El manual para trabajadores está escrito por el patrono y usted no puede negociar ningún cambio a éste. Así es que no debe sorprenderle que los manuales para trabajadores no le conceden a usted ningún derecho garantizado.

Lea todo su manual para trabajadores y busque la “cláusula de escape para la gerencia”. Ya la verá.

4 P: Mi patrono ha prometido implementar nuevas medidas de seguridad y redactó políticas para el lugar de trabajo en torno al Coronavirus. ¿Son garantizadas estas políticas?

R: No, esas medidas de seguridad y políticas para el lugar de trabajo no son un contrato entre usted y su patrono. Su patrono tiene el derecho a pasar por alto o cambiar de idea sobre cualquiera de las políticas que ellos hayan creado. Además, las corporaciones le están pidiendo al Congreso que apruebe una ley de emergencia para eliminar los derechos que puedan tener los trabajadores de plantearle una demanda a sus patronos si ellos contraen el COVID-19 como resultado de negligencia por parte del patrono. Las Uniones son sin duda las organizaciones más importantes en respaldar y organizar para proteger los derechos de los trabajadores en el Congreso y las legislaturas estatales durante esta emergencia. En ese debate, los trabajadores sin Unión (no organizados) simplemente son espectadores.

Muchas de las políticas que la industria hotelera ha estado proponiendo en respuesta al Coronavirus son categóricamente malas para los trabajadores de hoteles. La industria ha sugerido que los hoteles eliminen la limpieza diaria de las habitaciones con estadías de más de una noche (lo que significa más habitaciones de salida para aquellos de ustedes que regresen a trabajar, menos trabajadores, y menos horas para todos los demás), que se reemplacen los agentes de recepción con un registro “móvil”, y que se eliminen servicios tales como los porteros/maleteros y el servicio de comida a habitaciones para limitar el contacto personal entre los huéspedes y los trabajadores del hotel. A pesar de que estas políticas harán menos seguros y sanitarios los hoteles, algunas corporaciones se están aprovechando de esta crisis como una excusa para recortar permanentemente los costos de mano de obra y para obtener mayores ganancias.

Si más trabajadores sin Unión se afiliaran a las Uniones, los trabajadores tendrían más poder y nuestro país sería más justo para los trabajadores.

5 P: Yo quedé cesante debido al Coronavirus. ¿Mi jefe puede decidir no traerme de regreso al trabajo?

R: Sí, salvo que usted haya podido negociar un contrato ejecutable bajo la ley de la misma manera que lo hacen los atletas profesionales y las estrellas de cine. De otra forma, sin la representación de la Unión y sin un contrato, usted es un trabajador “a voluntad”. Eso significa que usted no tiene seguridad laboral y que su jefe no tiene ninguna obligación legal para llamarlo a que regrese a trabajar. Su jefe también puede darle un trato especial a ciertos trabajadores por favoritismo (incluyendo llamarlos primero a ellos para que regresen), aumentar la carga de trabajo de los trabajadores que regresen a trabajar, y darle su trabajo a gerentes, nuevos trabajadores, o trabajadores de otros departamentos para hacer su trabajo, con el propósito de ahorrar dinero.

En nuestra Unión, tenemos el derecho legal, en todos nuestros contratos, de ser llamados de vuelta a trabajar por orden de antigüedad y no basados en un trato especial o favoritismo, tan pronto como el trabajo vuelva a estar disponible. Y, si atrapamos a la gerencia asignando el trabajo basada en favoritismo, ofreciendo trabajo de horas extra durante una cesantía o haciendo el trabajo de los trabajadores representados por la Unión, ellos tienen que pagarles a los trabajadores que fueron afectados paga retroactiva por haber violado nuestro contrato.

6 P: ¿Puede mi jefe decidir recortarme la paga o los beneficios cuando regresemos a trabajar?

R: Otra desventaja de ser un trabajador “a voluntad” es que muchos patronos que no tienen Unión están reduciendo los salarios y beneficios debido a la crisis económica creada por el Coronavirus. Sin la representación de la Unión o sin un contrato, usted es un trabajador “a voluntad” y su jefe puede reducirle su sueldo, siempre y cuando se lo informe y no le pague menos del salario mínimo (que es de $15.00 en la Ciudad de Nueva York, de $13.00 en Long Island y Westchester, de $11.80 en el resto del Estado de Nueva York, y de $11.00 en Nueva Jersey), y, desde luego, ellos también tienen el derecho a eliminar o reducir sus beneficios y/o aumentar los montos que usted tiene que pagar por ellos.

El derecho principal que usted tiene si es trabajador “a voluntad” es renunciar al trabajo.

Bajo nuestro contrato con la Unión, la gerencia no puede reducir el sueldo ni los beneficios, salvo que la Unión esté de acuerdo. También está el derecho a impugnar en arbitraje toda decisión de la gerencia que la Unión considere injusta, y podemos negociar constantemente para mejorar las condiciones laborales de los trabajadores representados por la Unión.

7 P: ¿Qué sucede si mi jefe me llama para que regrese a trabajar y no me siento seguro viajando a mi trabajo y trabajando?

R: Bajo la ley de Nueva Jersey y Nueva York, como trabajador “a voluntad”, hay muy poco que lo proteja de medidas disciplinarias, represalias, o incluso despido si usted se niega a regresar al trabajo. Pero usted tiene el derecho a renunciar al trabajo.

Al comienzo de esta crisis, nuestra Unión negoció un acuerdo de protocolo de seguridad que les concede a los trabajadores representados por la Unión tiempo libre (sin goce de sueldo) voluntario ilimitado por cualquier motivo relacionado con el Coronavirus. También tenemos la capacidad, en la mayoría de los talleres de la Unión, de utilizar cualquiera de nuestros días de vacaciones restantes que queden en el año como tiempo libre con goce de sueldo.

8 P: ¿Tiene mi jefe que proveerme equipo de protección personal (PPE)?

R: El 12 de abril de 2020, el Gobernador de Nueva York Andrew Cuomo emitió la Orden Ejecutiva 202.16 que requiere que todos los negocios esenciales (que incluyen a los hoteles en Nueva York) les provean a los trabajadores mascarillas protectoras para estar en contacto directo con los clientes por cuenta y gasto del patrono.

Phil Murphy, el Gobernador de Nueva Jersey, firmó una orden ejecutiva similar (Orden Ejecutiva 122). La Orden Ejecutiva de Nueva Jersey requiere que el patrono pague y les provea mascarillas protectoras y guantes a los trabajadores.

Sin embargo, el acuerdo de protocolo de seguridad contra el Coronavirus que negoció nuestra Unión va aún más lejos, y multiplica significativamente nuestros derechos a recibir el PPE y tener un ambiente de trabajo seguro.

9 P: ¿Qué sucede si mi jefe me llama para que regrese por menos de 5 días?

R: Usted es un trabajador a voluntad. Por lo tanto, su jefe no tiene obligación legal alguna de llamarlo para que regrese a trabajar, ni de ofrecerle trabajo por orden de antigüedad ni de ofrecerle una semana de trabajo completa.

Si se le llama para que regrese a trabajar por menos de 5 días, tanto en Nueva York como en Nueva Jersey, usted aún puede certificar para los beneficios de desempleo. Su beneficio se le reducirá basado en cuánto dinero usted gane. Para más información sobre los beneficios de desempleo en Nueva York, haga clic aquí. Para más información sobre los beneficios de desempleo en Nueva Jersey, haga clic aquí.