Locales afiliadas
El Hotel and Gaming Trades Council, AFL-CIO (el "Hotel Trades Council" o "HTC") es la Unión que es la única y exclusiva representante de negociación colectiva de cerca de 40,000 trabajadores no directivos de hoteles, restaurantes, pistas de carreras, y casinos en la Ciudad de Nueva York, las áreas norte y central de New Jersey, y el Distrito Capital del Estado de Nueva York. HTC representa alrededor del 75% de los trabajadores hoteleros en la Ciudad de Nueva York.
En los hoteles, la membresía de nuestra Unión es de pared a pared (es decir, en todos los departamentos de los hoteles), incluyendo: housekeeping, espacios públicos, comedor, banquetes, servicio a habitaciones, cocina, lavaplatos, bar, mini-bar, servicios audiovisuales, recepción, reservaciones, PBX, maleteros y porteros, conserjería, auditoría nocturna, lavandería, servicio de aparcamiento, ingeniería, mantenimiento, servicio eléctrico, carpintería, pintura, tapicería, centros de negocio, limpieza nocturna, baños termales, seguridad, garaje, compras y entregas, y almacén.
Desde su fundación en 1939, HTC ha sido excepcionalmente exitoso en fomentar la cooperación de diferentes Uniones mediante acuerdos de afiliación con diversas Uniones locales que le proveen a nuestra Unión apoyo personal y solidez adicional. De manera que, una sección transversal significativa del movimiento laboral concentra su poder en ayudar a nuestra Unión para proveerles a los trabajadores hoteleros de la Ciudad de Nueva York el mejor contrato, y cumplimiento de contratos, para los trabajadores hoteleros en el mundo. Actualmente, ocho Uniones locales son proveedoras de servicios afiliados a HTC. Siete de estas locales también están afiliados a otras organizaciones laborales, que incluyen la AFL-CIO, CtW, federaciones laborales estatales y locales, y diversas Uniones internacionales.
Los funcionarios de HTC son elegidos directamente de manera democrática por la membresía de base de la Unión. HTC no es un organismo intermediario según se define bajo la Ley Obrero-Patronal de Declaración y Divulgación (LMRDA, en inglés). En general, HTC asigna a sus miembros (que son, ante todo, miembros de HTC), a discreción suya, una membresía secundaria en una de esas Uniones locales afiliadas y, a discreción suya, transfiere a sus miembros entre, hacia, o desde, las locales afiliadas. HTC (y no sus locales afiliadas) es el único agente de negociación colectiva certificado y/o reconocido de los trabajadores que representa. El personal de las Uniones locales afiliadas, cuando representa a los miembros de HTC, trabaja bajo el control y la dirección de los funcionarios y el personal de HTC, y no tiene autoridad representativa con respecto a los talleres de HTC, excepto según lo autorice HTC. HTC es la única Unión signataria de todos los contratos de Unión que cubren a los miembros de HTC, y las locales afiliados no son parte de estos acuerdos, ni tienen derechos independientes bajo estos.
HTC tiene autoridad para crear sus propias locales subordinadas, para aceptar nuevas locales afiliadas, o para cancelar la afiliación de cualquier local, y para reasignar a sus miembros a otra local afiliada, o a ninguna local, a discreción suya, y en cualquier momento.
Las locales afiliadas no tienen absolutamente ninguna función de gobierno dentro de HTC. Sin embargo, todos las locales afiliados tienen la obligación de cumplir los estatutos de HTC. Ni las Uniones locales afiliadas a HTC ni ninguna de las otras organizaciones afiliadas a las que estas pertenecen tienen autoridad de ninguna clase sobre HTC. HTC no es un organismo subordinado de ninguna otra organización o entidad. HTC solo responde a sus propios miembros.