Protecciones contractuales claves durante el COVID-19: Acuerdo para Toda la Industria (IWA)

Esto es un resumen de algunas de las protecciones contractuales en el contrato maestro de nuestra Unión, el Acuerdo para Toda la Industria (que también se conoce como el “IWA”). El IWA cubre aproximadamente a 28,000 trabajadores de hoteles en la Ciudad de Nueva York y se considera el mejor contrato del mundo para los trabajadores de hoteles.

Salud y seguridad:

1 P: ¿Mi patrono tiene que proveerme equipos de protección personal (PPE)?

R: En conformidad con el Artículo 69, Seguridad y Salud, se le requiere a su patrono que provea un centro de trabajo seguro y saludable. Es responsabilidad del patrono proveerles abastecimientos y equipo de protección personal (PPE) a los trabajadores, por cuenta y gasto del patrono. Esos derechos bajo el contrato van mucho más allá de lo que la ley les requiere a los patronos.

El acuerdo de seguridad por el Coronavirus requiere que el patrono provea mascarillas faciales adecuadas, guantes desechables y estaciones de desinfectante de manos a través de todo el hotel (incluyendo en las áreas donde no hay contacto con el público), jabón antimicrobiano aprobado por EPA, e instalar barreras físicas en las estaciones de trabajo donde los empleados interactúen directamente con los huéspedes. Bajo el acuerdo, los hoteles también tienen que exigirles a los huéspedes que usen mascarillas y tienen que hacer cumplir el distanciamiento social.

No todos los hoteles han firmado el nuevo acuerdo de seguridad. Para ver si su hotel ha firmado, haga clic aquí.

2 P: Si creo que mi asignación de trabajo es peligrosa, ¿qué debo hacer?

R: Si la única protección legal que usted tuviera fuese la ley (por ejemplo, la Ley federal de Seguridad y Salud Ocupacional), usted estaría arriesgando su trabajo por negarse a realizar una asignación peligrosa, salvo que estuviera bajo un peligro inminente extremo e, incluso así, hacer cumplir ese derecho es un proceso lento y poco confiable. Sin embargo, nuestro contrato de Unión le concede derechos legales mucho más robustos. Si usted cree que su asignación o condiciones de trabajo son peligrosas, debe llamar de inmediato a su Delegado de la Unión y a su Representante al (212) 245-8100, y marcar la opción #1. Si no puede comunicarse con un representante de la Unión, y se le exige que realice una asignación que usted crea, razonablemente, que pondría en peligro su salud o seguridad, tiene derecho bajo el contrato a negarse a cumplirla. Obviamente, si posteriormente se determina que su negativa no haya sido razonable, puede ser disciplinado, pero la gerencia no tiene la última palabra en ese asunto. Un árbitro imparcial (que escucha a ambas partes en una audiencia justa) es quien la tiene.

3 P: ¿La Unión ha negociado protecciones adicionales durante el brote del Coronavirus?

R: Los líderes y el personal de la Unión han negociado un acuerdo de seguridad por el Coronavirus. El acuerdo logra tres propósitos críticos:

I. Prevenir que los trabajadores y los huéspedes contraigan el virus al requerir una serie de medidas de seguridad adicionales;

II. Contener los brotes del virus que puedan ocurrir mediante el establecimiento de un protocolo de pruebas; y

III. Proveer tiempo libre adicional con goce de sueldo a los trabajadores que contraigan el COVID-19, de manera que no tengan que preocuparse sobre ganar un sustento para sus familias mientras se recuperan.

Puede encontrar un resumen completo del acuerdo, una lista de los hoteles que lo han firmado, y el texto del acuerdo en sí aquí.

Protecciones contra las cesantías y derechos de recontratación:

1 P: ¿Cuánto tiempo de aviso debo recibir antes de una cesantía temporal?

R: La Unión está monitoreando muy de cerca las cesantías para garantizar que estas se hagan debidamente y en conformidad con el contrato. Bajo el contrato, se requiere que la gerencia entregue un aviso previo por escrito de una cesantía. Eso significa que, antes de dejar cesante temporalmente a algún trabajador, la gerencia tiene que darle a la Unión un aviso por escrito con 5 días de anticipación y la gerencia no puede dejar cesante a un trabajador más de 3 veces en un mismo mes calendario.

2 P: ¿Qué protecciones adicionales entran en vigor durante las cesantías?

R: El IWA tiene muchas protecciones que entran en vigor para impedir y/o limitar la capacidad de la gerencia a recortar costos a expensas de los miembros de la unidad de negociación durante las cesantías. Las horas que usted trabaje no solamente impactan su capacidad de ganar un sustento, sino que también contribuyen a su elegibilidad para el seguro médico y los créditos de pensión.

  • Si existe una cesantía o si un trabajador en la clasificación afectada tiene su semana de trabajo reducida, los gerentes no pueden realizar el trabajo de ningún miembro de la unidad de negociación en esa clasificación. Si lo hacen, los trabajadores cuyos derechos contractuales fueron violados tienen derecho a paga retroactiva y, normalmente, pagos adicionales por daños y perjuicios por la violación intencional del contrato por parte del patrono.
  • La gerencia no puede programar ningún trabajo de horas extra en ninguna clasificación que tenga trabajadores cesantes e igualmente, si lo hacen, los trabajadores cuyos derechos contractuales fueron violados tienen derecho a paga retroactiva y, normalmente, pagos adicionales por daños y perjuicios por la violación intencional del contrato por parte del patrono.
  • La gerencia no puede vender habitaciones adicionales si los encargados de habitaciones están cesantes hasta que se le haya ofrecido primero el trabajo disponible a esos trabajadores cesantes. Sin esa protección, la gerencia podría pagarle a alguien un poco más, como una o dos horas de tarifa de trabajo de horas extra, en lugar de darle un trabajador cesante el trabajo de un día completo. También aplican las mismas obligaciones sobre la paga retroactiva y los daños y perjuicios.
  • La gerencia no puede asignar trabajos combinado si el resultado es que alguien quede cesante.
  • Los trabajadores extras no pueden trabajar cuando hay alguna cesantía en la clasificación. Por ejemplo, si un encargado de habitaciones está cesante en el turno de la noche, un encargado de habitaciones extra no puede trabajar en el turno de la mañana. La gerencia no tiene que notificarnos de las cesantías de los trabajadores extra y ellos no reciben el aviso con cinco días de anticipación ni el aviso de recontratación con tres días de anticipación. Por eso es que a los trabajadores extra se les paga a una hora y un cuarto por todas las horas trabajadas (salvo que reciban aviso previo de estar programados para trabajar una semana completa y se les ofrezca el trabajo de una semana completa), puesto que ellos no tienen los mismos derechos de programación de horarios que tienen los trabajadores programados para trabajar regularmente. Cuando la gerencia viola esa disposición, está, igualmente, adeuda a paga retroactiva y muy probablemente daños y perjuicios a los trabajadores.

3 P: ¿Me llamarán para que regrese a trabajar cuando pase la pandemia del coronavirus y el negocio regresa a mi hotel?

R: Aunque nadie sabe cuándo y cómo vamos a regresar a nuestras vidas normales, puede estar seguro de que tiene “derechos de ser llamado devuelta a trabajar” bajo el IWA. Eso quiere decir que, si usted fue cesanteado, tan pronto como su trabajo vuelva a estar disponible, el hotel tiene que llamarlo para que regrese a trabajar por orden de antigüedad, y no basado en un trato especial o favoritismo. 

4 P: ¿Qué sucede si mi patrono me llama para que regrese a trabajar antes de que me sienta seguro para regresar?

R: Si su patrono ha firmado el Protocolo de Seguridad contra el Coronavirus, entonces usted puede utilizar los días de vacaciones, días de enfermedad, días personales, y días feriados restantes que tenga en el año como parte de su tiempo libre con goce de sueldo. Esto puede ser por cualquier motivo relacionado con la crisis del coronavirus, incluyendo si no se siente seguro para viajar y regresar a trabajar. También se le permite que tome tiempo libre protegido sin goce de sueldo. Para ver una lista de los hoteles que han firmado el Protocolo, haga clic aquí.

Si su patrono no ha firmado el acuerdo del Protocolo y es llamado para que regrese a trabajar antes de que se sienta cómodo para hacerlo, llame a su Representante al 212-245-8100 y oprima la opción #1.

5. P: ¿Voy a recibir la paga adicional por trabajo a tiempo parcial si me llaman para que regrese a trabajar menos de una semana de trabajo completa?

R: Sí, la paga adicional por trabajo a tiempo parcial tiene que pagárseles a los trabajadores representados por HTC que estén disponibles para trabajar una semana completa de trabajo y cuyo horario de trabajo se reduzca a menos de una semana completa.

La paga adicional por trabajo a tiempo parcial es a razón de 1.25 veces su tarifa salarial por hora y se paga por las primeras 17.5 horas (si el trabajador tiene una semana de trabajo de 35 horas) o 20 horas (si el trabajador tiene una semana de trabajo de 40 horas).

6 P: ¿Qué sucede si me llaman para que regrese a trabajar y entonces la gerencia vuelve a dejarme cesante?

R: Si un trabajador que ha sido recontratado después de una cesantía va a quedar cesante otra vez de inmediato, la gerencia tiene que darle a la Unión aviso previo de al menos 3 días calendario por escrito de esa segunda cesantía. En términos prácticos, esto significa que ellos tienen que dar 3 días de aviso de la segunda cesantía o tienen que ofrecer más trabajo si este está dentro del período de 3 días cuando se le llame devuelta a trabajar a algún trabajador.

Existe una excepción a esto cuando el diez por ciento (10%) o más de los trabajadores en una clasificación programados para trabajar en el mismo turno avisan de su ausencia con menos de 12 horas de aviso previo antes del turno. Si eso sucede, la gerencia solo tiene que dar 2 días en lugar de 3 días calendario de aviso previo por escrito de la segunda cesantía cuando se le llame devuelta a trabajar a alguien para trabajar con el fin de cubrir a aquellos trabajadores que avisaron de su ausencia.

7 P: ¿Por qué mi delegado que tiene menos antigüedad está trabajando aún y yo estoy cesante?

R: Los delegados tienen protecciones adicionales bajo el contrato. Una de esas protecciones es que los delegados son los últimos trabajadores que quedan cesantes durante una cesantía temporal. El motivo de esto es para que los ojos y los oídos de la Unión estén trabajando y puedan ayudar a hacer cumplir el contrato durante las cesantías. Hay cierto número de disposiciones importantes en el contrato que entran en vigor durante las cesantías temporales y es absolutamente necesario que los trabajadores de la Unión que hacen cumplir el contrato estén presentes y puedan hacerlo. Necesitamos que el delegado esté allí para cerciorarse, por ejemplo, de que la gerencia no esté haciendo el trabajo de la unidad de negociación y que se esté llamando devuelta a trabajar a la gente por orden de antigüedad. Nosotros le informamos sobre esto al equipo cuando realizamos referendos consultivos de delegados.

8 P: ¿Puedo solicitar una votación de delegados para evadir el contrato?

R: Desde luego que no. La Unión no lleva a cabo votaciones de referendos de delegados durante las cesantías.

9 P: ¿Qué hago si alguien que tiene menos antigüedad que yo está trabajando y yo estoy cesante?

R: Si a usted no le ofrecieron regresar al trabajo primero, esto puede ser una violación de contrato y debe llamar a su Representante de la Unión al (212) 245-8100 y seleccionar la opción #1.

10 P: ¿Hay trabajo temporal disponible?

R: En este momento, hay cesantías generalizadas en la industria y hay muy pero muy pocas oportunidades de trabajo que se están publicando con la Unión. Si estuviera interesado en inscribirse para trabajar, debe llamar al: (212) 245-8100 y seleccionar la opción #5 para comunicarse con la Oficina de Asistencia para la Búsqueda de Empleo. Déjenos un mensaje con su nombre completo, el mejor número de teléfono para conseguirlo, y los últimos cuatro números de su seguro social.

Ventas y cierres de hoteles:

1 P: ¿Qué sucede con mi trabajo si mi hotel se vende o cambia de compañía de administración?

R: El IWA establece las mayores protecciones existentes en cualquier lugar en caso que un hotel se venda o cambie de compañía que maneja operaciones. No hay trabajadores de la industria hospitalaria en los Estados Unidos que estén mejor protegidos en estas situaciones que los trabajadores representados por HTC.

El Artículo 59 del IWA, Sucesores y Cesionarios, requiere que si la propiedad va a continuar operando como un hotel bajo el nuevo dueño o compañía de manejo operaciones los trabajadores mantienen sus puestos, representación por parte de la Unión, antigüedad, derechos de recontratación, condiciones de trabajo, paga y beneficios. En otras palabras, el único cambio significativo es quién va a firmar su cheque de pago al final de la semana.

En caso de que su propiedad o departamento vaya a cerrar permanentemente o se convierta en condominios, el Artículo 52, Paga por Despido, requiere que el dueño les dé a usted y a sus compañeros de trabajo representados por la Unión al menos 4 días de paga por cada año de servicio que usted tenga en la propiedad, y requiere un pago al Fondo de Salud, que a su vez proporciona 120 días adicionales de cobertura médica, y usted mantiene los “derechos de ser llamado devuelta a trabajar” (es decir, el derecho a que se le llame para que regrese a trabajar por orden de antigüedad si y cuando la propiedad vuelva a abrir).

Desafortunadamente, ningún contrato de Unión podría requerirle al dueño o una compañía de manejo de operaciones de un hotel que siga manteniendo su negocio funcionando. En caso de que su propiedad vaya a cerrar, usted tiene derecho, bajo el Artículo 21, Contratación, de inscribirse con la Asistencia para la Búsqueda de Empleo.

Tiempo libre con goce de sueldo:

1 P: ¿Puedo utilizar mis días de vacaciones, de enfermedad y personales para recibir ingreso adicional?

R: Si su patrono ha firmado el Protocolo de Seguridad por el Coronavirus, entonces usted tiene derecho a utilizar todos los días de vacaciones, de enfermedad o personales que no haya utilizado y todos los días feriados con goce de sueldo restantes en el año calendario como tiempo libre con goce de sueldo por cualquier motivo relacionado con la crisis del Coronavirus. Debe tener presente que, si utiliza un día libre con goce de sueldo, esto afecta sus beneficios de desempleo tanto en Nueva York como en Nueva Jersey. También se le permite que tome tiempo libre protegido sin goce de sueldo.

No todos los patronos han estado de acuerdo en firmar el Protocolo de Seguridad por el Coronavirus, pero muchos lo han hecho. Para ver una lista de los hoteles que se han suscrito al protocolo, haga clic aquí.

  • Días personales: Los trabajadores regulares a tiempo completo reciben 3 días personales a su tarifa regular de paga. (Para ser elegible para los días personales, usted tiene que haber estado trabajando para su patrono durante al menos 60 días.) Para los trabajadores a tiempo parcial que se programan regularmente, el número de días personales se prorratea según las horas que estos trabajen regularmente.
  • Días de vacaciones: La cantidad de tiempo de vacaciones con goce de sueldo que usted tenga se basa en el número de años que haya trabajado continuamente para su patrono. Bajo el IWA, las vacaciones se acumulan de la siguiente manera.
      • Un (1) año pero menos de dos (2) años: 1 semana de vacaciones
      • Dos (2) años pero menos de cinco (5) años: 2 semanas de vacaciones
      • Cinco (5) años pero menos de siete (7) años: 12 días de vacaciones
      • Siete (7) años pero menos de quince (15) años: 3 semanas de vacaciones
      • Quince (15) años pero menos de veinte (20) años: 4 semanas de vacaciones
      • Veinte (20) años o más: 5 semanas de vacaciones
  • Días de enfermedad: Un trabajador cubierto bajo el IWA que haya trabajado continuamente en su centro de trabajo durante al menos un año recibe 8 días de enfermedad al año. Los días de enfermedad que no se usen se acumulan de un año al siguiente, y el número máximo de días de enfermedad que pueden acumularse de un año a otro son 15.
  • Días feriados: El IWA incluye nueve (9) días feriados con goce de sueldo. Usted tiene derecho a todos los días feriados con goce de sueldo durante el resto del año calendario, si su hotel está suscrito el Protocolo de Seguridad contra el Coronavirus, entonces tiene la opción de tomarlos por adelantado. Si su hotel no se ha suscrito el Protocolo, usted tiene derecho a que se le pague por los días feriados que caigan dentro del período de 20 días a partir de la fecha en que quedó cesante (siempre y cuando usted no esté recibiendo paga por día feriado de un segundo trabajo que también esté cubierto bajo un contrato con HTC.)